El ITP al comprar un coche de segunda mano
Respuesta rápida. El ITP lo paga el comprador, y solo cuando compra a un particular: comprando a un concesionario la operación va por IVA. El tipo lo fija cada comunidad, así que no existe una cifra nacional válida — y se calcula sobre el MAYOR entre el precio que pagas y el valor fiscal oficial que publica Hacienda — no siempre sobre lo que hayas pagado.
Lo que más confunde: el valor fiscal
La base NO es sin más el precio pactado: la Administración parte del valor de las tablas oficiales de precios medios de venta (Orden HAC/1501/2025 para 2026, en vigor desde el 01/01/2026), aplicando porcentajes de depreciación por años de uso. En la práctica se tributa por el MAYOR entre el precio declarado y el valor de tablas.
En la práctica esto significa que regatear el precio no baja el impuesto. Si el valor de tablas de ese coche son 10.000 € y lo compras por 7.000 €, Hacienda sigue partiendo de los 10.000 €.
Qué comunidad te toca
La comunidad competente es SIEMPRE la de residencia habitual del COMPRADOR (persona física) o domicilio fiscal (persona jurídica) — punto de conexión, Ley 22/2009 art. 33 — nunca la del vendedor, ni la del concesionario, ni la de matriculación del coche. La propia Agencia Tributaria de la Región de Murcia lo dice literalmente: «El impuesto lo debe abonar el comprador, en aquella Comunidad Autónoma donde tenga su residencia habitual».
El ITP en tu comunidad
Cada territorio fija su tipo y sus propias reglas para coches antiguos y eléctricos.
- Andalucía4%
- Aragón4%
- Asturias4%
- Illes Balears4%
- Canarias5,5%
- Cantabria6%
- Castilla-La Mancha6%
- Castilla y León5%
- Cataluña5%
- Comunitat Valenciana6%
- Extremadura6%
- Galicia3%
- Madrid4%
- Murcia4%
- Navarra4%
- País Vasco — Bizkaia4%
- País Vasco — Gipuzkoa4%
- País Vasco — Álava4%
- La Rioja4%
- Ceuta y Melilla4% con bonificación del 50% en cuota cuando el COMPRADOR tiene su residencia habitual
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el ITP al comprar un coche de segunda mano?
Lo paga el comprador, y solo cuando compra a un particular. Si el vendedor es un concesionario o cualquier empresario, la operación va por IVA y no hay ITP que presentar.
¿Se calcula sobre el precio que he pagado?
No. La Administración parte del valor de las tablas oficiales de precios medios para ese modelo y esa antigüedad, no del importe que hayas acordado con el vendedor. Negociar un precio bajo no reduce el impuesto.
¿Qué comunidad me corresponde, la del vendedor o la mía?
La de la residencia habitual del comprador. Si vives en Madrid y compras un coche en Sevilla, presentas y pagas en Madrid, con el tipo madrileño.
¿Hay que pagar ITP por un coche muy antiguo?
Depende del territorio. Varios aplican cuotas fijas reducidas a partir de cierta antigüedad, y alguno directamente no exige presentar el impuesto pasados los diez años. Mira la página de tu comunidad, porque en esto no hay regla común.
Lo que todavía no podemos confirmar
Preferimos decirlo a dejarlo implícito. Estos puntos concretos no los hemos podido cerrar contra una fuente oficial:
- Reparto exacto de los modelos 620/621 de Bizkaia entre presentación presencial y telemática (el tipo, el plazo y la ausencia de exenciones sí están confirmados).
- Reparto exacto de los modelos 621/623 de Aragón entre supuestos.
- Texto literal del art. 683-6 catalán (regla ≥10 años — número de artículo por índice, contenido confirmado en la página de la ATC).
- Tablas de Cantabria para vehículos comerciales e industriales y para ciclomotores/motos en su primer año — no reproducidas aquí; remitir a la ACAT. (La semántica de las «cuotas mínimas» de turismos SÍ quedó resuelta el 2026-09-05: son un suelo, se paga la mayor entre el 6% y la cuota mínima.)
Información general, no asesoramiento fiscal. Los tipos y las bonificaciones los cambia cada territorio: confirma el importe con tu hacienda autonómica antes de presentar.
¿Buscas coche de segunda mano?
Comprando a un concesionario de Autoza la operación va por IVA: no tendrás que presentar el ITP.
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