💡 Respuesta rápida: Por un turismo eléctrico o híbrido enchufable con etiqueta CERO, el Programa Auto+ da como máximo 4.500 € a particulares (Línea 1, abierta hasta el 31 de diciembre de 2026). En la Línea 2, para autónomos y empresas, el máximo es de 6.000 € para autónomos y microempresas y de 4.500 € para el resto de empresas; su convocatoria de 2026 abre el 1 de octubre de 2026. Todos son importes máximos antes de aplicar los porcentajes de modulación. Para vehículos de ocasión, las normas solo cubren seminuevos con no más de 12 meses entre su primera matriculación en España y la factura, comprados en un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, tanto si eres particular como si eres autónomo o empresa. No hemos encontrado ninguna disposición que extienda la ayuda a coches eléctricos de varios años, ni a los que vende un particular o un concesionario independiente.
Qué es el Programa Auto+ y qué cambia
El Programa Auto+ es la nueva línea de ayudas del Gobierno de España para incentivar la compra de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO de la DGT. Lo creó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, y sus bases se aprobaron en el Consejo de Ministros del 21 de julio mediante el Real Decreto 609/2026, de 22 de julio. Forma parte del Plan España Auto 2030.
Según la propia nota de La Moncloa, el Programa Auto+ toma el relevo del Programa MOVES, vigente entre 2019 y 2025. El real decreto introduce además un cambio de gestión importante: ya no pasa por las comunidades autónomas, sino que el Ministerio de Industria y Turismo gestiona y paga la ayuda directamente. El programa tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026: quienes compraron un vehículo elegible desde esa fecha pueden solicitar la ayuda, aunque entonces aún no se hubieran aprobado sus bases ni abierto la convocatoria.
El programa estará vigente, en distintas convocatorias, hasta el 31 de diciembre de 2030, con una dotación inicial de 400 millones de euros para 2026 (350 millones para la Línea 1 y 50 millones para la Línea 2).
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
Quién puede pedir la ayuda
Línea 1 — particulares
Pueden ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España, que no desarrollen actividad económica. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y la ayuda se limita a un vehículo por persona. No hemos encontrado, en el real decreto ni en las páginas oficiales del programa, ningún límite de renta o de patrimonio para acceder a esta línea.
Línea 2 — autónomos y empresas
Pueden acceder empresas de cualquier tamaño con personalidad jurídica propia, desde microempresas hasta grandes empresas, y personas físicas de alta como autónomas en el Censo de Empresarios de la AEAT o en el censo foral equivalente. El tamaño de la empresa se clasifica según la definición europea (Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003) y determina el importe máximo de la ayuda. Una empresa puede pedir ayuda para hasta 10 vehículos, y un autónomo persona física para hasta 3. Quedan expresamente excluidos como beneficiarios los propios concesionarios y puntos de venta de vehículos (epígrafes 615.1 y 654.1 del IAE). Estas ayudas se rigen por el régimen de minimis de la UE (Reglamento 2023/2831), así que cuentan para el límite de ayudas de ese tipo que puede recibir cada empresa o autónomo. Esta línea también admite la adquisición mediante renting o leasing financiero, con un contrato de una duración mínima de tres años.
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
Cuánto dinero puedes recibir
Los importes máximos por vehículo que fija el Real Decreto 609/2026 (anexos II y III), antes de aplicar los porcentajes de modulación, son:
| Tipo de vehículo | Línea 1 (particulares) | Línea 2 (autónomos/microempresas) | Línea 2 (resto de empresas) |
|---|---|---|---|
| Turismos (M1) | 4.500 € | 6.000 € | 4.500 € |
| Furgonetas (N1) | 5.000 € | 7.500 € | 5.000 € |
| Motos (L3e/L4e/L5e) | 1.100 € | 1.100 € | 1.100 € |
| Cuadriciclos (L6e/L7e) | 1.500 € | 1.500 € | 1.500 € |
Las dos columnas de la Línea 2 son las mismas que recoge su convocatoria de 2026 (BDNS 931088). El real decreto prevé además un tramo más alto (hasta 7.000 € por turismo) para convocatorias de la Línea 2 cofinanciadas por el Fondo Social para el Clima, reservado a ciertos autónomos y microempresas y solo para eléctricos puros. La convocatoria de 2026 se financia con los Presupuestos Generales del Estado y su anexo solo recoge las dos tablas anteriores, así que en la convocatoria de 2026 de la Línea 2 ese tramo no se aplica.
Estas cifras son importes máximos, no una cantidad fija garantizada. La ayuda real se calcula sumando porcentajes de ese máximo según tres criterios:
- Criterio eléctrico (E1): 50 % si el vehículo es 100 % eléctrico; 25 % si es un híbrido enchufable (PHEV) o un eléctrico de autonomía extendida (EREV).
- Criterio económico (E2): en turismos (M1), 25 % si el precio es de hasta 35.000 € y 15 % si supera los 35.000 € (hasta el tope de 45.000 €); en el resto de vehículos, 25 %.
- Criterio europeo (E3): 15 % si el montaje y la terminación final del vehículo se hacen en la UE, más un 10 % adicional si el ensamblaje de los conjuntos de baterías también se realiza en la UE. En los eléctricos puros, ese 10 % exige además requisitos sobre el origen de los componentes de la batería y sobre su contenido de mercurio.
Así, un turismo eléctrico puro de hasta 35.000 € que cumpla todo el criterio europeo puede llegar al 100 % del importe máximo; un híbrido enchufable, como mucho al 75 %. Los porcentajes del criterio europeo solo se conceden a modelos incluidos en la "Lista Blanca" que publica el Ministerio; según sus preguntas frecuentes, si tu modelo no está en la lista, igualmente puedes pedir la ayuda, solo que sin esos porcentajes adicionales.
El precio del vehículo también tiene un tope: hasta 45.000 € en factura (sin impuestos) para turismos, y hasta 10.000 € para motos (L3e, L4e y L5e). Ese precio incluye todos los extras, accesorios y servicios asociados a la venta, y se toma después de los descuentos comerciales. En la Línea 2, el tope de 45.000 € no se aplica a los turismos de ocho y nueve plazas. Y, algo que conviene tener claro porque a veces se asume lo contrario: el Programa Auto+ no exige achatarrar un vehículo antiguo ni concede ninguna ayuda adicional por hacerlo.
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
Cómo se solicita
La solicitud se presenta exclusivamente por vía telemática, a través de la sede electrónica del Ministerio, con certificado digital y firma electrónica avanzada (el Ministerio indica que la aplicación AutoFirma es imprescindible para firmar). No tienes por qué hacerlo tú: el real decreto permite que el concesionario, el punto de venta o la empresa de renting o leasing presente la solicitud como tu representante, con una autorización firmada por ti. Las ayudas se conceden por orden de presentación hasta agotar el presupuesto de cada convocatoria; a partir de ahí, las nuevas solicitudes pasan a una lista de espera sin garantía de cobro.
Un requisito de la factura que conviene no confundir con los demás: si compras un turismo (M1) o una furgoneta (N1) nuevos, la factura debe reflejar un descuento de al menos 1.000 € sobre el precio sin impuestos, con un concepto claramente relacionado con el Programa Auto+. El real decreto lo limita a esos casos: «Este descuento se aplicará siempre y cuando el vehículo sea nuevo y pertenezca a las categorías M1 o N1». Por tanto, no se exige para un seminuevo, ni para motos o cuadriciclos. Además, la disposición transitoria primera del real decreto permite, «para la convocatoria correspondiente al año 2026», que la factura no incluya ese descuento si el vehículo se compró antes de que se abriera el plazo de solicitudes. La convocatoria de la Línea 1 lo recoge expresamente (su plazo se abrió el 4 de agosto de 2026); la de la Línea 2 no lo repite, aunque el real decreto no distingue entre líneas. Si eres autónomo o empresa y compraste antes del 1 de octubre de 2026 sin ese descuento, confírmalo con el Ministerio antes de solicitar.
A 23 de septiembre de 2026, la única convocatoria abierta es la de la Línea 1 (particulares) de 2026: el plazo comenzó el 4 de agosto de 2026 a las 10:00 y termina el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular), con un presupuesto de 350 millones de euros, según el extracto de la convocatoria publicado en el BOE. La convocatoria de la Línea 2 (autónomos y empresas) de 2026 se firmó el 22 de septiembre de 2026 y ya figura en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS 931088): 50 millones de euros (42 millones para empresas y 8 millones para autónomos), con un plazo de solicitudes que va del 1 de octubre de 2026 a las 10:00 al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular). Si eres autónomo o empresa, confirma el plazo en la sede electrónica antes de comprar.
Una vez concedida la ayuda, hay que mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España durante al menos 2 años (en renting o leasing, la titularidad puede ser de la empresa de renting o leasing), con excepciones por robo, siniestro o fallecimiento, entre otras, debidamente justificadas.
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
¿Se aplica a coches de ocasión? La pregunta clave
Esta es la parte que más nos interesa en un mercado de coches de ocasión, y donde conviene ser muy precisos. Las propias preguntas frecuentes oficiales del Ministerio responden directamente a "¿el vehículo tiene que ser nuevo, o sería subvencionable uno de segunda mano?", y el real decreto lo concreta:
⚠️ Lo que dice literalmente el Ministerio (Línea 1, particulares): es subvencionable un vehículo "seminuevo comprado a través de un concesionario del grupo fabricante", siempre que su primera matriculación como nuevo no tenga más de 12 meses de antigüedad respecto a la fecha de la factura.
Lo que dice el Real Decreto 609/2026, que es el texto que manda: para la Línea 1 (art. 1.3.b) y, en los mismos términos, para la Línea 2 (art. 1.4.b), son subvencionables «Otros vehículos, adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado con fecha igual o posterior a la estipulada en cada convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España y no hayan transcurrido más de doce meses entre la fecha de primera matriculación y la fecha de factura». Para la convocatoria de 2026, esa primera matriculación debe ser del 1 de enero de 2025 o posterior, y en la convocatoria de la Línea 1 la factura tiene que tener fecha del 1 de enero de 2026 o posterior.
En otras palabras: la ayuda cubre coches prácticamente nuevos (por ejemplo, un kilómetro 0 o un coche de flota, de cortesía o de exposición, siempre que cumpla esas condiciones) vendidos por un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, no cualquier coche eléctrico o híbrido de segunda mano vendido por un particular o un concesionario independiente.
Con esto en la mano, cuatro cosas quedan claras a partir de la documentación oficial que hemos revisado (el Real Decreto 609/2026, las páginas del Programa Auto+ del Ministerio, incluidas sus preguntas frecuentes, y la nota explicativa de La Moncloa):
- Sí existe una vía para "usados", pero es muy estrecha: solo seminuevos con no más de 12 meses entre su primera matriculación en España y la factura, y solo si se compran en un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador.
- Cada vehículo solo puede recibir la ayuda una vez: un seminuevo que ya se subvencionó con el Programa Auto+ a su primer comprador no puede volver a recibirla.
- Esa vía del seminuevo vale también para la Línea 2 (autónomos y empresas), en los mismos términos (art. 1.4.b del real decreto). Las preguntas frecuentes del Ministerio solo la mencionan para la Línea 1, pero el real decreto la recoge expresamente para las dos líneas.
- No hemos encontrado ninguna disposición que permita solicitar el Programa Auto+ para un vehículo eléctrico o híbrido de, por ejemplo, dos, cuatro o seis años, comprado a un particular o a un concesionario multimarca independiente, que es como se venden muchos coches de ocasión.
Si en algún momento el Ministerio publica una interpretación distinta o amplía este criterio, lo actualizaremos aquí — pero, con la normativa publicada hasta ahora, no es correcto asumir que "cualquier coche eléctrico de ocasión" da derecho a la ayuda.
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
Qué significa esto si estás mirando un eléctrico o híbrido de ocasión
En la práctica, para alguien que compra en ocasión, esto se traduce en:
- Si el coche que te interesa tiene ya varios años o varios propietarios, lo más probable es que no puedas acogerte al Programa Auto+, por muy eléctrico o eficiente que sea. Eso no significa que sea mala compra: solo que el ahorro vendrá del precio, del combustible y del mantenimiento, no de esta subvención concreta.
- Si lo que buscas es precisamente un seminuevo o kilómetro 0, pregunta expresamente al vendedor si es un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador y comprueba que entre la primera matriculación en España y la fecha de la factura no pasen más de 12 meses (en la convocatoria de 2026, la primera matriculación tiene que ser del 1 de enero de 2025 o posterior). Para un seminuevo, las bases no exigen el descuento de 1.000 € en factura: ese requisito es solo para turismos y furgonetas nuevos. Lo que cuenta es quién te vende el coche y sus fechas, no dónde lo has encontrado: un seminuevo anunciado en Autoza por un concesionario del grupo fabricante o importador puede cumplir los requisitos.
- El presupuesto de cada línea (350 millones de euros en la Línea 1 y 50 millones en la Línea 2) se concede por orden de solicitud hasta agotarse, así que, si tu compra sí encaja en los requisitos, conviene no dejar la solicitud para el final del plazo.
Última comprobación: 23 de septiembre de 2026.
Y si lo que quieres es comparar el coste real de un eléctrico frente a un gasolina o híbrido sin dar por hecho ninguna ayuda pública, nuestro comparador eléctrico vs. gasolina te lo calcula con tus propios números de uso.
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Tanto si terminas optando a la ayuda como si no, en Autoza puedes comparar la oferta actual de eléctricos y híbridos disponibles ahora mismo, con el precio, la autonomía y el consumo que indica cada anuncio.
Este artículo resume el Real Decreto 609/2026, las convocatorias de 2026 de las Líneas 1 y 2 y la información publicada por el Ministerio de Industria y Turismo, revisada por el equipo de Autoza el 23 de septiembre de 2026. Las convocatorias, plazos y criterios pueden cambiar; antes de comprar o solicitar la ayuda, confirma los requisitos vigentes en la sede electrónica del Ministerio.